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LA OFICINA DE COBRO COACTIVO DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BARRANCABERMEJA, en ejercicio de sus funciones y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 563 Inciso 3 del Estatuto Tributario Nacional, procede a efectuar la Publicación por PORTAL WEB del Mandamiento de Pago,  a los infractores que a continuación se relacionan por el no pago de las multas o infracciones al Código Nacional de Tránsito y Transporte. Se advierte a los ejecutados que deberá pagar el valor de la liquidación más intereses y costas del proceso, si se llegaren a causar.

Se le advierte a la personas aquí notificadas que contra el mandamientos de pago proceden las excepciones establecidas en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional, las cuales deben presentarse personalmente o por medio de apoderado judicial ante este Organismo de Tránsito, dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la presente publicación.  

Fecha de publicación:30 de Diciembre de 2017. Hora: 00:00:00

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La ITTB adoptó el manual de cobro Administrativo Persuasivo y Coactivo, mediante resolución 3803 del 20 de diciembre de 2017

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Con el propósito de definir y proveer una guía práctica para la aplicación de las políticas de la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja, se adoptó, mediante Resolución 3802 del 20 de diciembre de 2017, el Manual de Procedimientos contables para la Entidad, en consonancia con el nuevo marco normativo.

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Mediante Acuerdo 040 del Honorable Concejo Municipal, fueron establecidas las Tarifas por servicios y tasas que presta la ITTB.

A los valores aprobados en el Acuerdo 040, sólo resta agregarle el componente Tarifa Runt, que es una tarifa del orden nacional que aplica a los diversos trámites que se realizan en los Organismos de Tránsito.

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Mediante Resolución 3786 del 19 de diciembre de 2017, la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja adoptó importantes medidas con miras a brindar mayor seguridad en un tramo de la Calle 34 en el barrio El Castillo, comuna Cuatro de esta ciudad.

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LA OFICINA DE COBRO COACTIVO DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BARRANCABERMEJA, en ejercicio de sus funciones y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 563 Inciso 3 del Estatuto Tributario Nacional, procede a efectuar la Publicación por PORTAL WEB del Mandamiento de Pago,  a los infractores que a continuación se relacionan por el no pago de las multas o infracciones al Código Nacional de Tránsito y Transporte. Se advierte a los ejecutados que deberá pagar el valor de la liquidación más intereses y costas del proceso, si se llegaren a causar.

Se le advierte a la personas aquí notificadas que contra el mandamientos de pago proceden las excepciones establecidas en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional, las cuales deben presentarse personalmente o por medio de apoderado judicial ante este Organismo de Tránsito, dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la presente publicación.  

Fecha de publicación:21 de Diciembre de 2017. Hora: 00:00:00

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