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Día Cívico no debe afectar beneficio de rebaja de Comparendos

La declaratoria de Día No laboral al nivel local, ha inquietado siempre a los infractores que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 24 de la Ley 1383 de 2010, aspiran al beneficio de la rebaja, y que precisamente los términos vencen ese día, bien sea el 50% o el 25%.

En efecto, la ley establece:

Artículo 24. (De la ley 1383 de 2010, modificatorio de la ley 769 de 2002) El artículo 136 de la Ley 769 de 2002, quedará así:

Artículo 136. Reducción de la Multa. Una vez surtida la orden de comparendo, si el inculpado acepta la comisión de la infracción, podrá sin necesidad de otra actuación administrativa, cancelar el cincuenta por ciento (50%) del valor de la multa dentro de los cinco días siguientes a la orden de comparendo, igualmente, o podrá cancelar el setenta y cinco (75%) del valor de la multa, si paga dentro de los veinte días siguientes a la orden de comparendo, en estos casos deberá asistir obligatoriamente a un curso sobre normas de tránsito en el Centro Integral de Atención, donde se cancelará un 25% y el excedente se pagará al organismo de tránsito. Si aceptada la infracción, esta no se paga en las oportunidades antes indicadas, el inculpado deberá cancelar el (100%) del valor de la multa más sus correspondientes intereses moratorios.

Con ocasión del Día Cívico decretado por la efemérides de Barrancabermeja este 26 de abril de 2019, la ITTB se permite enviar un parte de tranquilidad, SIEMPRE Y CUANDO se atienda a la siguiente instrucción:

Quienes este 26 de abril de 2019, tengan pendientes comparendos que, como ya se ha ilustrado con el fragmento de la ley, llegan al quinto o al veinteavo día, para no perder la rebaja, deberán asistir al curso de capacitación establecido en la ley, para lo cual los Centros Integrales de Atención prestarán sus servicios normalmente; y puesto que no hay servicio hoy en la ITTB para efectuar el pago, éste deberá hacerlo necesariamente el lunes 29 de abril de 2019, o perderá el descuento ya sea el del 50% o el del 25% si se trata, como venimos diciendo, del último día de reducción de la multa, toda vez que la ley es clara al señalar que la rebaja se obtiene por el cumplimiento dentro de los términos de ambas cosas: Capacitación y Pago. Es claro entonces que para quienes el plazo se vence hoy deberán asistir a la capacitación HOY; lo único que se convalida para el lunes es el pago.

Con ese proveído, se espera que ningún infractor que aspiraba a la rebaja se vea afectado como consecuencia de este Día Cívico.

Se aclara que para los demás comparendos NO SE EXTIENDE el beneficio, es decir para todos los demás casos los términos aplican como si el día 26 de abril de 2019 hubiese sido un día laboral normal; a quienes se les vencía el lunes 29 se les vencerá efectivamente el lunes 29 y así los demás, y no habrá lugar a extensión de los términos para el beneficio.

 

Ver Decreto